Medidas municipales de carácter excepcional para el fomento del sector cultural de la ciudad de Sevilla, con motivo de la crisis sanitaria provocada por el COVID-19
Noticia - publicada 24/03/2020
La situación de crisis sanitaria actual que está atravesando España, al igual que la mayoría de países, derivada de la pandemia COVID-19 y la consiguiente declaración del Estado de Alarma, impacta de forma muy acusada y directa en el sector de las industrias culturales.
A nivel Local, esta crisis ha provocado la repentina cancelación de todos los eventos y espectáculos de carácter cultural en espacios públicos y privados. Del mismo modo, debido a las restricciones de viajes y desplazamientos, se han suspendido los espectáculos, recitales, actuaciones, exposiciones, y demás actividades culturales programadas en otros países.
Todo ello, impacta directamente y de forma muy negativa en los ingresos de las industrias y agentes culturales privados (en su mayoría pequeñas compañías o autónomos), un colectivo empresarial cuya subsistencia está vinculada a su gestión de tesorería y al volumen de contrataciones.
Ante esta situación, es fundamental y necesario articular medidas de carácter excepcional para que desde lo público, a escala municipal, regional y nacional, pueda paliarse esta circunstancia que atraviesa el sector con objeto de asegurar su supervivencia y la capacidad de reacción para las programaciones culturales que se reanuden cuando esta crisis finalice.
Desde el Ayuntamiento de Sevilla, se ha establecido con carácter prioritario una primera batería actuaciones, orientadas a tal fin y que a continuación se exponen, divididas en tres bloques, medidas de fomento, medidas de carácter fiscal y medidas en materia de contratación administrativa:
MEDIDAS DE FOMENTO:
- Líneas de Subvenciones del ejercicio 2020: se garantizará el presupuesto previsto para el ejercicio 2020 tanto en las subvenciones de pública concurrencia como en las de carácter Nominativo, ampliando el periodo subvencionable en función de la duración del estado de alarma y consiguiente paralización de la actividad, para facilitar la distribución de la ejecución del gasto en los meses posteriores. Se flexibilizarán los criterios de realización de la actividad para facilitar la recuperación del ritmo de las programaciones culturales. Del mismo modo, se ampliará el plazo de justificación de las subvenciones del ejercicio 2019, establecido el 31 de marzo de este año.
- Líneas de Subvenciones para el ejercicio 2021: se incrementará de forma sustancial el presupuesto total de subvenciones al tejido cultural para contar con una cuantía global que duplique la actual y se plantearán convocatorias de carácter bianual, con objeto de agilizar los trámites para las entidades y asegurarles un horizonte temporal de garantía de recursos para la mejor planificación de sus actividades. Se abrirán nuevas líneas de pública concurrencia para festivales de pequeño y mediano formato.
- Establecimiento de un Servicio de atención y asesoramiento al sector cultural: se abrirá un servicio temporal, disponible durante el año 2020, de atención y asesoramiento al sector cultural sevillano en lo relativo a las situaciones legales, contractuales y de subvenciones derivadas de la paralización de la actividad cultural.
- Ampliación de la convocatoria del Banco de Proyectos con carácter bianual 2020 – 2021, con una dotación presupuestaria para contratación de 200.000,00 euros, para fomentar el desarrollo de proyectos de creación.
- Coordinación, con carácter temporal y excepcional, de las vacaciones de los gestores culturales públicos y personal de administración, de modo que las medidas de reactivación inmediata de las programaciones culturales, una vez pase la situación actual, puedan ser aplicadas con rigor y profesionalidad. Se llevará a cabo una negociación con los trabajadores para asegurar la apertura de teatros municipales y espacios culturales en determinadas fechas del periodo estival y de navidades, con objeto de poder dar cabida a las programaciones que se han aplazado debido a la crisis sanitaria.
- Reprogramación de los Festivales y de las actividades previstas en los centros culturales, limitando las suspensiones y aumentando la disponibilidad de los espacios culturales municipales.
- Ampliación del programa cultural de Navidad “Alumbra” incorporando el máximo de compañías locales y de todos los ámbitos de la cultura.
- Aumento de la programación de calle durante el verano y el otoño.
- Ampliación de las competencias, mediante la correspondiente Resolución de Alcaldía, en materia cultural en todas las Áreas Municipales, con objeto de que todas puedan apoyar al sector cultural (Distritos, Juventud, Educación…).
- Se promoverá el Coleccionismo en el ámbito Municipal, con objeto de impulsar el sector de las artes plásticas y visuales.
- Se promoverá la introducción de cláusulas sociales que primen a las pequeñas empresas del sector de las librerías, en los procesos de contratación para la adquisición de fondos bibliográficos dirigidos a la Red de Bibliotecas Municipales en el año 2020, lo que supondrá una inversión de 150.000,00 euros.
MEDIDAS FISCALES:
A nivel Municipal se iniciará un trabajo conjunto con el Área de Hacienda para establecer una batería de medidas de carácter fiscal que se puedan incorporar en las correspondientes Ordenanzas Fiscales. Especialmente aquellas relacionadas con las cesiones de espacios municipales a entidades del Sector Cultural de la ciudad
Del mismo modo, se instará al Gobierno Central la adopción de las siguientes medidas:
- La Bonificación al 100% en las cuotas de seguridad social de trabajadores asalariados de pymes y micro pymes de las empresas de servicios y actividades culturales, así como empresas auxiliares en el ámbito técnico, es decir, que englobe servicios técnicos de producción, dirección artística, gestión cultural, diseño de proyectos, equipamientos técnicos, etc, durante el periodo de crisis Sanitara.
- Eliminar o reducir el IVA de la actividad cultural durante el periodo de crisis Sanitara.
ACTIVACIÓN DE PAGOS:
- Se instará al Gobierno Central para que contemple la facturación en los contratos de servicios (incluidos los artísticos) y suministros para la administración pública del siguiente modo: 50% al inicio del contrato y el 50% restante tras la realización de la actuación. Dado que esta medida la LCSP sólo la contempla para el acopio de materiales.
- Se promoverá una mayor agilización y flexibilidad en la fiscalización de las facturas tanto de servicios y suministros como de los contratos artísticos con objeto de acelerar los pagos.
CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA:
A nivel municipal se proponen medidas orientadas fundamentalmente a la agilización de los trámites de la contratación, tanto artística como de servicios o suministros:
- Declarar a todos los efectos, como Servicios Públicos Esenciales del Ayuntamiento de Sevilla, los recursos que integran los Servicios Culturales municipales, en base a las disposiciones legales establecidas en el artículo 2 de la Ley 7/85, Reguladora de Bases de Régimen Local, con las modificaciones introducidas por la Ley 27/2013 de 27 de diciembre, de Racionalización y sostenibilidad de la Administración Local (LBRL).
- Modificación en la tramitación de los Contratos menores, de cuantía por debajo de 15.000,00 euros más IVA, se hará atendiendo a lo dispuesto en la Ley de Contratos del Sector Público (LCSP), se elimina el Decreto aprobado por la Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Sevilla que reduce este límite a 6.000,00 euros más IVA.
- Adoptar el compromiso de llevar la ejecución de los presupuestos culturales lo más cerca del 100% en el ejercicio de 2020, ampliando el plazo de ejecución efectiva hasta el 31 de diciembre de dicha anualidad.
Del mismo modo, se instará al Gobierno Central la adopción de la siguiente medida:
- Promover la revisión de la Ley de Contratación de la Administración Pública, para que las contrataciones sean más flexibles y más ágiles, de forma excepcional durante 2020, tanto para las empresas de servicios y actividades culturales como para las empresas auxiliares en el ámbito técnico: Por ejemplo, reducir los procedimientos administrativos (especialmente los plazos establecidos en la LCSP) para reanudar la contratación de servicios y suministros, por ejemplo el plazo de recurso especial de 15 días hábiles una vez notificada la Resolución de adjudicación de los contratos. (Esta medida debe adoptarse a nivel Estatal).
Con el fin de asesorar e informar hemos habilitado un correo electrónico: asesoramiento.icas@sevilla.org